lunes, 24 de noviembre de 2008

Exposición Nº 6

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.


La Seguridad Social

Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de no ser así ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de la enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia medica y de ayuda las familias con hijos.

El sistema de seguridad social, debe ser universal, integral, eficiente, financiamiento solidario, unitario y participativo, que permita satisfacer todas las contingencias que se les puedan presentar a los ciudadanos residenciados en Venezuela, ya sean extranjeros o venezolanos. Las contingencias pueden ser: maternidad, paternidad, enfermedades y accidentes, independientemente de su origen, magnitud y duración, discapacidad, necesidades especiales, perdida involuntaria del empleo, desempleo, vejez, viudez, orfandad, vivienda y habitad, recreación y cargas derivadas de la vida familiar.


Estructura Organizativa Y Funcional Del Sistema De Seguridad Social

El sistema de seguridad social, solo a los fines organizativo, estará integrado por los sistemas prestacionales siguientes: salud, previsión social y vivienda y hábitat. Cada uno de los sistemas prestacionales tendrá a su cargo los regimenes prestacionales mediante los cuales se brindará protección ante las contingencias amparadas por el Sistema de Seguridad Social.

Sistema Prestacional de Salud: Deberá garantizar el derecho a la salud como parte del derecho a la vida. Sus acciones estarán dirigidas hacia la universalidad, la equidad y la promoción de la salud y la calidad de vida.

Sistema Prestacional de Previsión Social:
Deberá garantizar la atención integral, a fin de mejorar y mantener la calidad de vida y bienestar social bajo el principio de respeto a la dignidad humana. Este a su vez tendrá a cargo los regimenes prestacionales siguientes: Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Pers
onas, Empleo, Pensiones y Otras Asignaciones Económicas; y Seguridad y Salud en el Trabajo.


Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat:
Deberá garantizar el derecho a la vivienda y hábitat dignos, orientados a la satisfacción del derecho humano a la vivienda, que privilegie el acceso y seguridad de la tenencia de la tierra, adquisición, construcción, liberación, sustitución, restitución, reparación y remodelación de la vivienda, servicios básicos esenciales, urbanismo y habitabilidad.




Una de las instituciones creadas por el Estado Venezolano con la finalidad de proveer Seguridad Social, es el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), el cual se encuentra actualmente en un proceso de adecuación de su estructura y sistemas a fines de atender las necesidades de la población trabajadora. Atiende contingencias de tipo: maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantías o paro forzoso.

Los patronos tienen la obligación de registrar en el IVSS, su firma de autógrafa y la de sus representantes. También están en el deber de comunicar oportunamente por escrito:

1. Cesación de actividades (Retiro de Trabajadores Forma 14-03) A través de este formulario, el patrono participa al Seguro Social el retiro de un asegurado de su nómina de trabajadores, para no continuar cotizando por ese trabajador.

2. Cambio de razón social.

3. Arrendamiento de la empresa o establecimiento.

4. Traspaso de su dominio o propiedad.

5. Cambio en la actividad.

6. Cambio de sus representantes.

7. Cambio de dirección.

8. Para formalizar su inscripción, el patrono debe presentar ante la oficina del IVSS más cercana a su domicilio, dentro de los tres (3) días siguientes al comienzo de su actividad, una planilla de inscripción y una declaración de datos de los trabajadores, tales como salarios, fecha de ingreso, entre otros. A cada trabajador le corresponde una planilla individual.

La planilla de inscripción de la Empresa o Patrono es la (Forma 14-01)

Registro de Asegurado (Forma 14-02)

El Registro de Asegurado, permite afiliar a los trabajadores al Seguro Social Obligatorio, así como sus familiares que estén calificados, de acuerdo a la Ley del Seguro Social.

La afiliación la debe realizar el patrono dentro de los 3 días siguientes desde que un trabajador comienza su relación laboral.

Solicitud de Continuación Facultativa (Forma 14-93)

La Continuación Facultativa es un derecho otorgado por la Ley del Seguro Social y su Reglamento a los trabajadores que deseen continuar cotizando al Seguro Social particularmente, sin estar vinculado a una empresa u organismo; sin embargo para solicitar este beneficio, el trabajador debe tener no menor de 250 cotizaciones en los últimos 10 años y no haber transcurrido 6 meses desde la fecha del retiro a la fecha de la solicitud.

Constancia de Trabajo para el IVSS (Forma 14-100)

La Constancia de Trabajo para el IVSS la llena el patrono para certificar al Seguro Social que el trabajador descripto, mantuvo o mantiene una relación laboral con la empresa u organismo, indicando tiempo y salarios devengados; a los fines que el Instituto verifique su información.


El IVSS
asignará un número de registro y dependiendo de la naturaleza de la empresa, el riesgo que debe cotizarse:


Patrono Asegurado

Riesgo Nº 1 Mínimo. 9% 4%

Riesgo Nº 2 Medio. 10% 4%

Riesgo Nº 3 Máximo. 11% 4%

Parcial 4% 2%.

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