IMPUESTO SOBRE
Impuesto Sobre
“Agentes de Retención” Art. 27 COT. El código orgánico tributario define a los agentes de retención como las personas designadas por
¿Cuál es la responsabilidad del Agente de Retención?
La responsabilidad Principal es la de retener el impuesto en los casos señalados en el respectivo decreto sobre retenciones vigentes y enterar la suma retenida, oportunamente, en una oficina receptora de fondos nacionales.
Se deberá enterar lo retenido en una oficina receptora de los fondos nacionales, como:
· El Banco Central de Venezuela (BCV)
· Los bancos Comerciales.
· Instituciones Financieras.
Fuentes que constituyen el Derecho Tributario Art. 2 COT. constituyen fuentes del derecho tributario:
- Las disposiciones constitucionales.
- Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la república.
- Las leyes y los actos con fuerza de ley.
- Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regimenes de tributos nacionales, estadales y municipales.
- Los reglamentos y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
¿Quiénes están sometidos a este Código? Art. 12 COT.
Están sometidos al imperio de este código, los Impuestos, las tasas, las contribuciones de mejoras, de seguridad social, y las demás contribuciones especiales, salvo lo dispuesto en el Art. 1
“La Obligación Tributaria” Art. 13 COT.
La obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en
¿A qué están obligados los Contribuyentes? Art. 23 COT.
Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuesto por este código o por norma tributarias.
¿Cuáles son los Derechos y Obligaciones del Contribuyente Fallecido? Art. 24 COT.
Estos serán ejercidos o, en su caso, cumplidos por el sucesor a titulo universal, sin perjuicio del beneficio de inventario. Los derechos del contribuyente fallecido transmitidos al legatario serán ejercidos por éste.
Casos en los que no procede
No se deberá efectuar retención alguna en los casos de pago en especie o cuando se trate de enriquecimientos exentos de Impuesto Sobre
“Las Responsabilidades” Art. 84 COT.
La responsabilidad de los ilícitos tributarios es personal, salvo las excepciones contempladas en este Código.
“Sanciones Aplicables” Art. 94 COT.
Las sanciones aplicables son:
1.- Prisión.
2.- Multa.
3.- Comiso y destrucción de los efectos materiales ilícitos o utilizados para cometerlo.
4.- Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.
5.- suspensión o revocación del registro y autorización de industrias y expendios de especies gravadas y fiscales.
-. Personas naturales residentes base de exención. La retención solo procederá si el beneficiario de las remuneraciones obtiene o estima obtener, de uno o más deudores o pagadores, un Total anual que no exceda de mil (1000) unidades tributarias.
-. Retención a personas no residentes. La retención del impuesto debe ser igual al treinta y cuatro por ciento (34%) del total pagado o abonado a cuenta, cualquiera sea el monto de tales remuneraciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario